El Ayuntamiento de Madrid ha celebrado este jueves un Pleno extraordinario para seleccionar mediante sorteo informático a los 32.715 ciudadanos que serán designados como presidentes, vocales y suplentes de las mesas electorales previstas para las elecciones a las Cortes Generales del próximo 29 de noviembre.
El procedimiento ha permitido establecer el orden de selección de los electores que deberán ocupar los distintos puestos de las 3.635 mesas electorales que se constituirán en los 437 colegios electorales del municipio de Madrid.
Cada mesa estará formada por un presidente y dos vocales, además de los suplentes correspondientes.
Madrid contará con 437 colegios y 3.635 mesas electorales
El sorteo ha permitido seleccionar a las personas necesarias para cubrir todas las mesas electorales previstas en la capital.
Según los datos facilitados por el Ayuntamiento, Madrid contará con tres colegios electorales más que en las últimas elecciones al Parlamento Europeo y 21 más que en las anteriores elecciones generales.
El incremento respecto a los comicios generales de julio de 2023 se explica porque entonces algunos locales electorales no pudieron utilizarse debido a obras de acondicionamiento realizadas durante el periodo estival.
Además, en las elecciones del próximo 29 de noviembre se habilitarán 157 mesas electorales más.
Los ciudadanos podrán conocer el colegio y la mesa que les corresponden a través de la tarjeta censal remitida por la Oficina del Censo Electoral.
Esta información también estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, dentro del apartado «Consulta del censo electoral y presentación de reclamaciones».
Cada mesa electoral tendrá un presidente, dos vocales y seis suplentes
El procedimiento informático ha establecido un orden de selección de los electores para cubrir los cargos de presidente y vocales, así como sus correspondientes suplencias.
Cada mesa electoral estará integrada por tres miembros titulares: un presidente y dos vocales.
Adicionalmente, se designarán dos suplentes por cada uno de los tres cargos, por lo que el sorteo selecciona un total de nueve personas por mesa.
De estas nueve personas, únicamente tres desempeñarán las funciones de la mesa durante la jornada electoral, salvo que sea necesario recurrir a los suplentes.
Los integrantes se seleccionan entre los electores inscritos en cada mesa.
El Ayuntamiento ha señalado que el número de votantes varía entre los 987 electores de la mesa con mayor censo y los 338 de la mesa con menor número de inscritos.
Los 32.715 ciudadanos seleccionados recibirán una notificación
Las personas designadas recibirán una notificación en su domicilio mediante un envío con acuse de recibo.
El Ayuntamiento de Madrid ha informado de que también pondrá las notificaciones a disposición de los ciudadanos seleccionados en su sede electrónica.
Esta medida permitirá acceder a la comunicación sin necesidad de desplazarse a una oficina de Correos cuando se haya recibido un aviso por ausencia.
Posteriormente, los ciudadanos designados recibirán el manual de miembro de mesa electoral, que recoge las funciones que deberán desempeñar durante la jornada de votación.
Ser miembro de una mesa electoral es obligatorio
El Ayuntamiento ha recordado que la condición de presidente o vocal de una mesa electoral tiene carácter obligatorio.
Las personas que no puedan desempeñar el cargo deberán presentar la correspondiente justificación documental ante la Junta Electoral de Zona de Madrid, situada en la calle de Manuel Luna, 29.
Este organismo es el encargado de resolver las solicitudes de excusa.
Las justificaciones también podrán presentarse mediante el formulario electrónico habilitado en la sede electrónica municipal.
Para realizar este trámite no será necesario disponer de identificación electrónica, ya que se utilizará un código de verificación individual incluido en la notificación de nombramiento.
Los designados de entre 65 y 70 años podrán renunciar al cargo
Las personas seleccionadas como presidentes o vocales que tengan entre 65 y 70 años podrán renunciar a desempeñar estas funciones.
Para ello, deberán comunicar su decisión a la Junta Electoral de Zona de Madrid, de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
Cuando esta renuncia se presente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, el procedimiento se tramitará automáticamente.
El sistema comprobará la edad del interesado en el censo electoral y generará la aceptación de la renuncia en ese momento.
Qué causas permiten presentar una excusa para no formar parte de una mesa electoral
Las causas que pueden justificar la imposibilidad de desempeñar el cargo están recogidas en la Instrucción 6/2011, de 14 de marzo, de la Junta Electoral Central.
Esta instrucción desarrolla la interpretación del artículo 27.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
Entre las circunstancias contempladas se encuentran:
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33 %.
- Haber formado parte de una mesa electoral al menos tres veces durante los últimos diez años.
- Ser médico o personal sanitario y encontrarse de guardia.
- Sufrir un grave trastorno derivado de las cargas familiares.
El Ayuntamiento recuerda que existen otras circunstancias recogidas en la normativa electoral.
En cualquier caso, la presentación de una excusa no anula automáticamente el nombramiento.
La persona designada seguirá obligada a desempeñar el cargo hasta que la Junta Electoral de Zona resuelva expresamente si acepta o rechaza la justificación presentada.
No acudir a la mesa electoral puede constituir un delito
El Ayuntamiento de Madrid también ha recordado las consecuencias legales de no acudir a la constitución de una mesa electoral cuando se ha sido designado para ello.
La ausencia injustificada el próximo 29 de noviembre puede constituir un delito electoral.
Según el artículo 143 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, las penas previstas son de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.
Los miembros de las mesas recibirán una dieta de 75 euros
Los presidentes y vocales que finalmente constituyan las mesas electorales tendrán derecho a una dieta de 75 euros.
Además, dispondrán de un permiso retribuido durante la jornada electoral cuando esta coincida con su horario de trabajo.
También tendrán derecho a una reducción de cinco horas de su jornada laboral del día siguiente.
Los integrantes de las mesas estarán protegidos por el Sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse del desempeño de sus funciones electorales.
Con el sorteo celebrado este 29 de octubre, el Ayuntamiento de Madrid ha completado el procedimiento de selección de titulares y suplentes para las 3.635 mesas electorales previstas en la capital para las elecciones generales del 29 de noviembre.


